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La consultora ambiental IBERSYD aprueba un acuerdo de teletrabajo que beneficiará a toda su plantilla

Iber Sostenibilidad yDesarrollo (IBERSYD), consultora aragonesa de sostenibilidad ambiental y social, ha aprobado un acuerdo de teletrabajo que beneficiará a su plantilla, actualmente integrada por más de treinta profesionales. IBERSYD, con sede en Zaragoza, tiene actividad en siete comunidades y ha participado en más de cien proyectos, incluidos los desarrollos de más de 3,5 gigavatios fotovoltaicos y eólicos.

El acuerdo de teletrabajo se basa en el Real Decreto-ley de Trabajo a Distancia, el Estatuto de los Trabajadores y el convenio colectivo de consultoras de planificación. En el acuerdo voluntario, se especifica el porcentaje de días de trabajo presencial y de modalidad de teletrabajo, y la compensación mediante un complemento extrasalarial por los gastos de luz, calefacción, aire acondicionado, internet o mobiliario de oficina.

Esta aportación es complementaria a todos los medios materiales que IBERSYD aporta a sus personas empleadas en situación de teletrabajo, y que incluye equipos informáticos y de telefonía. IBERSYD ha realizado importantes esfuerzos para facilitar el teletrabajo, con una clara apuesta por la digitalización de los soportes y procesos.

Para IBERSYD, el teletrabajo es una clara apuesta en su modelo laboral, ya que permite un horario más flexible y una mejor conciliación familiar, y aporta ventajas ambientales como la reducción de emisiones en desplazamientos innecesarios y el ahorro de materias primas como el papel. 


Derecho de desconexión digital

En el documento, se especifican salvaguardas para garantizar todos los derechos y buenas prácticas relacionadas con seguridad y salud, y se reconoce el derecho de desconexión digital de la persona trabajadora fuera de la jornada laboral pactada con la empresa, de acuerdo la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.

El deber empresarial de garantizar la desconexión conlleva la limitación del uso de los medios tecnológicos de comunicación empresarial y de trabajo durante los periodos de descanso, y el respeto a la duración de la jornada.